ATENCIÓN: A ESTOS CAMBIOS FISCALES EN 2020

¿Das servicios a través de plataformas digitales, rentas inmuebles, tienes ventas por catálogo o vendes bebidas saborizadas? La iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2020 contiene varios cambios que te importan.

El presidente Andrés Manuel López Obrador prometió que no aumentarán los impuestos, ni creará nuevos, durante la primera mitad de su mandato, y así lo ha hecho hasta ahora. Sin embargo, La propuesta de Paquete Económico 2020 contiene varias propuestas para recaudar más en el sector de la economía digital, así como reducir los espacios para la elusión y evasión fiscal en otras actividades, como en los arrendamientos y en las ventas por catálogo.

Te contamos cuáles son las principales propuestas de cambios para el próximo año y que vienen en el Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, que puedes consultar aquí.PUBLICIDAD

Para empezar, ¿por qué Hacienda quiere cobrar impuestos a la economía digital?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dice en su exposición de motivos que desde 2013, el G20, al cual pertenece México, ya estaba abordando los problemas que supone la economía digital para cobrar impuestos a empresas que tienen presencia virtual en otro país diferente a donde está su domicilio fiscal.

Además, el potencial de incremento de recaudación en México es grande: 14.6 millones de personas utilizan internet para ordenar y comprar productos y 7 millones lo usan para ventas, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

“Si bien la digitalización de la economía tiene beneficios importantes para la economía en su conjunto, como generar mayor competencia entre oferentes y por ende, mejores precios y calidad en productos y servicios para los demandantes, también ha generado un área de oportunidad, ya que el marco legal y tributario de nuestro país se encuentra desactualizado por una realidad que ha sido transformada profundamente por el avance tecnológico de la última década”, indica la Secretaría de Hacienda en su exposición de motivos.

Ahora sí, ¿cuáles son los principales cambios?

En cuanto a economía digital se refiere, Hacienda divide en dos los tipos de servicios a gravarse: los de intermediación (como Uber, Cabify, Rappi, etc.); y los de consumo final de los hogares, que incluyen películas, texto, información, video, audio, música y juegos (Netflix, Spotify, entre otros).

En el caso de los intermediarios, se les cobrará:

  • Retener el 50% del IVA cobrado
  • Enterar la retención mensualmente
  • Expedir al retenido un CFDI
  • Inscribirse en el RFC como persona retenedora

Los que prestan servicios de consumo final en hogares también deberán cobrar el IVA. Cabe aclarar que estas medidas aplican tanto para las empresas sin domicilio físico en México, como las que sí lo tienen. Así que, si tu emprendimiento participa en la economía colaborativa o presta un servicio digital, también tendrás que pagar el IVA como los demás gigantes tecnológicos.

También las empresas digitales estarán sujetas a pagar el impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente por la venta de productos o servicios y por la intermediación con terceros.

De aprobarse las reformas, estas entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2020.

ISR a ventas por catálogo

Por otro lado, también vendrán cambios para las empresas que aprovechan las ventas por catálogo para distribuir sus productos. En México es común que muchas personas vendan entre sus compañeros y familiares productos de belleza, cosmética, ropa, zapatos, productos alimenticios, entre otros, para obtener un ingreso extra.

El artículo 76 B de la Ley del ISR propone que:

“Las personas morales que enajenen mercancías a personas físicas que realicen actividades empresariales con el público en general como vendedores independientes de productos al menudeo por catálogo, deberán determinar, retener y enterar el monto del impuesto sobre la renta que le corresponda a cada persona física que enajenen las citadas mercancías.”

Además, las personas físicas también deberán acumular a sus demás ingresos los obtenidos por la venta de artículos por catálogo.

Presión para pagar ISR por arrendamientos

Si estás en el negocio inmobiliario u obtienes ingresos extra por poner en renta inmuebles que son de tu propiedad, esto te afecta. La SHCP propone una medida coercitiva para que los contribuyentes reporten esos ingresos y paguen el impuesto correspondiente:

“En los juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, la autoridad judicial requiera al acreedor que acredite haber emitido los comprobantes fiscales correspondientes a dichos ingresos y si dicho acreedor no lo demuestra, la autoridad judicial deberá informar tal omisión al SAT.”

Es decir, si en un juicio se obliga al inquilino moroso a pagar las rentas vencidas, el juez va a pedir al arrendatario haber emitido los CFDI correspondientes y, si no los tiene, dará aviso al SAT de esa inconsistencia.

Actualización del IEPS a bebidas azucaradas

La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) contempla un impuesto aplicable a las bebidas saborizadas, así como a los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas; y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas, y que contengan cualquier tipo de azúcar añadida.

Hacienda propone una actualización de la cuota del IEPS a estas bebidas, de 1.17 pesos por litro a 1.2705 pesos por litro, aplicable a partir del 1 de enero de 2020. Así que, si tu emprendimiento está en la industria de bebidas, puedes ver que éstas serán más caras el año que entra, o podrías desarrollar una que no tenga azúcar añadida.

Las Cámaras de Diputados y Senadores tienen hasta el 31 de octubre para discutir, modificar y aprobar las iniciativas de reformas en la Ley de Ingresos, por lo que es muy importante estar al pendiente de cómo estas y otras medidas pueden afectar a tu negocio.

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